Ley de Segunda Oportunidad en Oviedo: 112.459,32 € exonerados
Juzgado mercantil de Oviedo · Concurso sin masa

Con la Ley de Segunda Oportunidad, Buenaley consiguió la cancelación íntegra de las deudas de un cliente frente a seis acreedores. El auto incluye deuda bancaria y crédito con Seguridad Social y Hacienda, además de 58.038 € derivados de la financiación de un camión con reserva de dominio en la que el cliente figuraba como avalista. El juzgado reconoció su buena fe, concedió la exoneración definitiva y declaró concluido el concurso.
Un juzgado mercantil de Oviedo ha concedido a un cliente de Buenaley la exoneración íntegra de 112.459,32 € y ha declarado concluido su concurso sin masa.
La resolución reconoce que el cliente actuó de buena fe y que no disponía de bienes o derechos realizables con los que afrontar sus deudas. El procedimiento afectaba a seis acreedores e incluía deuda bancaria, crédito público y una financiación con reserva de dominio.
Cómo logró Buenaley la exoneración
El equipo jurídico de Buenaley analizó la situación económica del cliente y planteó el procedimiento como un concurso sin masa, al no existir bienes o derechos realizables suficientes para afrontar las deudas.
Una vez transcurrida la fase correspondiente sin que los acreedores solicitaran el nombramiento de administración concursal, Buenaley presentó la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. La petición acreditó la buena fe del cliente, defendió el carácter exonerable de los créditos y solicitó expresamente la cancelación íntegra de las cantidades comunicadas.
La estrategia incluyó dos cuestiones especialmente relevantes: la aplicación de los límites legales que permitían exonerar íntegramente las deudas de derecho público y la defensa de la cancelación del crédito vinculado a un camión con reserva de dominio. En este último caso, resultó determinante que el cliente figuraba como avalista, que ya no tenía el vehículo en su poder y que la entidad acreedora no se opuso.
Ningún acreedor formuló oposición a la exoneración. Tras comprobar el cumplimiento de los requisitos legales, el juzgado aceptó la solicitud presentada por Buenaley, canceló íntegramente los seis créditos reconocidos y declaró concluido el concurso.
Un caso con una cuestión especialmente relevante
Entre las cantidades exoneradas había 58.038 € correspondientes a la financiación de un camión con reserva de dominio. El cliente figuraba como avalista y ya no tenía el bien en su posesión.
La resolución explica que los tribunales no mantienen un criterio uniforme sobre la exoneración de este tipo de deuda. En este caso concreto, el juzgado acordó cancelarla íntegramente porque el acreedor no se opuso, el bien ya no estaba en poder del cliente y este intervenía como avalista.
También se exoneraron íntegramente las deudas con la AEAT, la TGSS y los Servicios Tributarios del Principado de Asturias, todas ellas dentro de los límites aplicables al crédito público en esta primera exoneración.
El resultado
- Materia: Ley de Segunda Oportunidad
- Deuda total exonerada: 112.459,32 €
- Acreedores: 6
- Procedimiento: Concurso sin masa
- Exoneración: Íntegra, de todos los créditos reconocidos
- Situación procesal: Concurso concluido y resolución firme, sin recurso
Con esta resolución, los acreedores afectados ya no pueden reclamar al cliente el pago de las deudas exoneradas. Además, deben comunicar la exoneración a los sistemas de información crediticia en los que hubieran informado previamente del impago o la mora.
Resolución judicial
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