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La nacionalidad de origen no se solicita como una residencia: se acredita
Es española de origen la persona nacida de padre o madre española, y también quien encaja en los otros supuestos del artículo 17 del Código Civil. El trabajo está en probar el vínculo y inscribirlo.
- Vemos si el caso es de origen o de otra vía
- Reconstruimos la filiación con las partidas
- Te decimos qué hay que inscribir en el Registro Civil
- Si no es origen, te indicamos la vía que sí encaja

Cómo lo llevamos
Un apellido español o haber nacido en España no bastan por sí solos. Hace falta el supuesto concreto y la documentación que lo sostiene.
01
Situamos el vínculo
Padre, madre o el supuesto de origen que crees que te aplica, y dónde están inscritas las personas de la cadena.
02
Pedimos las partidas
Nacimientos, y a veces matrimonios, apostillados y traducidos si vienen de fuera.
03
Preparamos la inscripción
El cauce es el Registro Civil, en España o en el consulado, según dónde residas.
04
Si no cierra por origen
Te decimos si el camino es la opción o un año de residencia, para no insistir en un expediente que no procede.
Supuestos habituales
La lista la marca el Código Civil. Estos son los que más vemos.
Hijo de español
Nacer de padre o madre española atribuye la nacionalidad de origen, con independencia del lugar de nacimiento.
Nacer en España de padres nacidos en España
Quien nace en España de padres extranjeros es español de origen si al menos uno de ellos también nació en España.
Padres desconocidos o sin nacionalidad
Los nacidos en España de padres desconocidos, o de padres cuya ley no atribuye nacionalidad al hijo, también entran en origen.
Lo que no es origen
Nacer en España de padres extranjeros nacidos fuera no atribuye, por ese solo hecho, la nacionalidad. Ahí se estudia la opción o la residencia de un año.
Los requisitos dependen de tu situación, del lugar desde el que se presenta y de la norma en vigor. En la primera respuesta te decimos si este asunto encaja.
Preguntas frecuentes
Mi abuelo era español
El origen mira, como regla, al padre o a la madre. Un abuelo puede abrir otra vía, según las fechas y si quien te precede conservó o perdió la nacionalidad. Lo revisamos con las partidas, sin darlo por hecho.
Vivo fuera de España
Se puede preparar desde el consulado que te corresponda. Cuéntanos el país de residencia y de qué generación es el vínculo.
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