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La nacionalidad por residencia se pide cuando el tiempo legal ya está cumplido
El plazo general es de diez años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Baja a cinco, a dos o a un año según tu nacionalidad, tu familia o tu lugar de nacimiento.
- Comprobamos qué tiempo te cuenta y desde qué fecha
- CCSE, DELE si procede, y documentos apostillados
- La tarjeta tiene que estar vigente el día de la solicitud
- Seguimiento mientras el expediente se resuelve

Cómo lo llevamos
Presentar antes de tiempo o con la tarjeta caducada es la vía más rápida hacia una denegación. Por eso el primer paso es el cómputo.
01
Calculamos el plazo
Diez, cinco, dos o un año, según el supuesto. El empadronamiento no suma: cuenta la residencia legal.
02
Cerramos los exámenes y las partidas
CCSE para acreditar la integración. DELE A2 si tu país no es hispanohablante. Partida de nacimiento y antecedentes, legalizados y traducidos.
03
Presentamos con la tarjeta en vigor
La residencia tiene que llegar hasta el día de la solicitud. Si la renovación está en curso, lo coordinamos para no quedarte sin autorización.
04
Seguimos requerimientos
Respondemos lo que pida el expediente y te decimos el paso de la jura cuando llega la resolución favorable.
Qué tiempo exige la ley
El artículo 22 del Código Civil fija los plazos. El que te aplica depende de un dato concreto, no de los años que lleves empadronado.
Diez años
Es el plazo general de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior.
Cinco y dos años
Cinco años si tienes la condición de refugiado. Dos años si eres nacional de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o si eres sefardí.
Un año
Quien nació en España, el cónyuge de español, el viudo de español en los casos que la ley admite, o quien no ejerció a tiempo el derecho de opción, entre otros supuestos de un año.
Qué no cuenta
La estancia por estudios no es residencia a estos efectos. El padrón tampoco sustituye a la autorización.
Los requisitos dependen de tu situación, del lugar desde el que se presenta y de la norma en vigor. En la primera respuesta te decimos si este asunto encaja.
Preguntas frecuentes
Llevo años con visado de estudiante. ¿Me cuentan?
Para la nacionalidad, no. El cómputo empieza cuando tienes una autorización de residencia, por ejemplo al pasar a un permiso de trabajo o a otra residencia.
La residencia de nómada digital, ¿cuenta?
Sí, es residencia legal. El día desde el que corre el plazo depende de si la concesión se produjo estando en España o entraste con visado. Lo vemos con la resolución.
¿Tengo que hacer el DELE?
Si procedes de un país hispanohablante, el DELE no se exige. En el resto de casos, el nivel que se pide es el A2, además del CCSE.
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