5.0 en
La estancia por estudios abre el curso, y conviene saber qué no abre
Permite formarte en un centro autorizado. Es una estancia, no una residencia: ese tiempo no cuenta para la nacionalidad. Durante los estudios se puede trabajar con el límite que marca la norma, y al terminar hay vías para quedarse.
- Admisión, medios, seguro y el visado o la autorización
- Te explicamos el trabajo compatible con los estudios
- Plan de salida: trabajo, cuenta propia, familia o arraigo formativo
- La familia europea o española se puede mirar sin esperar al final del curso

Cómo lo llevamos
El expediente se apoya en la carta de admisión y en que puedas mantenerte. El resto se ordena alrededor de eso.
01
Confirmamos el programa
Centro, horas y que la formación sea de las que admiten esta estancia.
02
Cerramos medios y seguro
Recursos para mantenerte y un seguro de salud que cubra tu estancia en España.
03
Presentamos donde corresponda
En el consulado, si estás fuera, o en España cuando la norma permite pedir o prorrogar aquí.
04
Dejamos escrita la salida
Al acabar, el plazo para modificar a trabajo o a cuenta propia es corto. Si hay un vínculo familiar, se puede estudiar antes.
Lo que esta estancia es, y lo que viene después
Mezclar estancia y residencia es el error que más caro sale a quien estudia varios años.
No es residencia
Los años de estudios no computan para la nacionalidad. El reloj de la nacionalidad empieza con una autorización de residencia.
Trabajo compatible
La autorización permite trabajar las horas que la norma considera compatibles con la formación. No es un permiso de trabajo ordinario.
Al terminar
Cabe modificar a cuenta ajena, cuenta propia o búsqueda de empleo en los plazos que marca el reglamento, si se cumplen sus requisitos.
Pareja o familiar
Un vínculo con un español o con un ciudadano de la Unión se puede tramitar durante los estudios, sin esperar a terminarlos.
Los requisitos dependen de tu situación, del lugar desde el que se presenta y de la norma en vigor. En la primera respuesta te decimos si este asunto encaja.
Preguntas frecuentes
¿Estos años me sirven para la nacionalidad?
No. La estancia por estudios queda fuera del artículo 22 del Código Civil. Cuenta a partir de la residencia que obtengas después.
¿Puedo traer a mi familia con este visado?
La estancia de estudios no permite la reagrupación del régimen general. Otra cosa es que tu familiar tenga su propia vía, por ejemplo como familiar de un ciudadano de la Unión.
Otros trámites de extranjería
