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Si perdiste la residencia por una causa que no dependía de ti, hay un arraigo pensado para eso
El reglamento abre esta vía a quien tuvo una autorización de residencia que no era por circunstancias excepcionales y no pudo renovarla por un motivo fuera de su control, como quedarse sin empleo o un plazo que se cerró.
- Vemos qué residencia tuviste y por qué se extinguió
- Comprobamos que no fuera ya un arraigo u otra situación excepcional
- Reunimos la causa: baja, despido, plazo o denegación de renovación
- Te decimos si el tiempo que ha pasado cierra la vía

Cómo lo llevamos
Hace falta el historial de extranjería, no solo el recuerdo de haber tenido tarjeta.
01
Historial
Qué autorización tuviste, desde cuándo y hasta cuándo estuvo vigente.
02
Causa de la pérdida
Desempleo, imposibilidad de renovar u otra razón que no te sea imputable.
03
Encaje en el reglamento
La residencia previa no puede ser, a su vez, una autorización por circunstancias excepcionales.
04
Solicitud
Si las fechas cuadran, preparamos el expediente. Si no, te decimos qué otra cosa se puede estudiar.
Qué tiene que haber pasado
No es una segunda oportunidad genérica para cualquier estancia irregular.
Residencia anterior
Una autorización de residencia ordinaria, no una estancia de estudios ni un arraigo previo.
Causa ajena
No pudiste renovar por algo que no dependía de tu voluntad: el ejemplo habitual es quedarte sin el contrato que sostenía el permiso.
No es la Ley de Segunda Oportunidad
Ese otro procedimiento cancela deudas. Este arraigo recupera una situación de extranjería. Son asuntos distintos.
Fechas
El reglamento mira un periodo reciente. Una tarjeta de hace muchos años no reabre sola esta puerta.
Los requisitos dependen de tu situación, del lugar desde el que se presenta y de la norma en vigor. En la primera respuesta te decimos si este asunto encaja.
Preguntas frecuentes
Quiero cancelar deudas
Eso es la Ley de Segunda Oportunidad, en otra área del despacho. Este arraigo no exonera préstamos ni tarjetas.
Nunca tuve tarjeta
Sin una residencia previa de las que la norma exige, este arraigo no procede. Miramos el social, el sociolaboral o el de formación.
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